Universidad Nacional de Ucayali

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OFICINA DE POSGRADO

PRESENTACION

La formación de posgrado tiene la responsabilidad de generar, asimilar, distribuir el conocimiento. Por esta razón los posgrados constituyen estrategias importantes para sustentar el progreso de las naciones, sobre todo en momentos en que el conocimiento se convierte cada vez más en un recurso indispensable para toda opción de desarrollo y de mejoramiento de las condiciones de existencia y convivencia humana. Existe consenso mayoritario en aceptar que corresponde a las áreas de posgrado formar recursos humanos de alto nivel y proporcionar la investigación de calidad y pertinencia suficientes para entender, organizar acciones e intervenir en las distintas áreas de la realidad que hoy en día son profundamente transformadas por los mercados globalizados y sus contradicciones sociales, culturales y ambientales.

La Escuela de Posgrado, tiene por finalidad el estudio profundo y sistematizado de áreas específicas y la formación metodológica para la investigación. Su objetivo primordial es formar graduados de nivel superior, en disciplinas o materias profesionales, con capacidad para realizar investigación, docencia universitaria, innovación tecnológica y gestión. Consciente del rol que le toca desempeñar en el escenario descrito en los párrafos anteriores, ofrece la oportunidad de lograr un mejor posicionamiento intelectual y profesional al seguir estudios de Maestría, bajo la orientación de una selecta plana de docentes que ostentan el Grado Académico de Magister y/o Doctor .

  • + Nombre: Ing. M.Sc. RUBÉN DARÍO MANTURANO PÉREZ.
  • + Cargo : Director (e) de la Escuela de Posgrado
Ciudad Universitaria
Teléfono - Oficina : 061-579813
Anexo : 206
Horario de Atención –Ofic. : 7.00 Am a 2.15 Pm
Celular Personal : 949789780 RPM * #949789780
Correo Personal : Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
Carretera Federico Basadre K.m. 6.00
 

FUNCIONES

  • ORIENTACION: Establecer las líneas de desarrollo académico de los posgrados, en concordancia con las políticas de la universidad y los requerimientos para el desarrollo científico, tecnológico y social de la región y el país. Desarrollando procesos sistemáticos la planificación que permitan sustentabilidad en el desarrollo.
  • TECNICO-PEDAGOGICA: Asesorar pedagógicamente y/o promoviendo la capacitación de las unidades académicas de la escuela de posgrado de la UNU(EPG_UNU), en el diseño de los programas de diplomado , maestría, y doctorado.
  • EVALUACION Y ACREDITACION: Establecer los estándares de calidad monitoreando y su cumplimiento y promoviendo la acreditación de los posgrados y las unidades de posgrado descentralizadas de las facultades, ha través de la escuela.
  •  PROTECCION Y DESARROLLO: Coordinar con las facultades los aspectos relacionados al fortalecimiento y desarrollo de los posgrados de las unidades de posgrado de la UNU en el ambito educativo nacional e internacional .
  • PROTECCION DE LA INVESTIGACION: En coordinación con la investigación, canalizar el desarrollo de tesis de maestría y doctorado en función a las líneas de investigación promovidas por la EPG-UNU. .

ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR

  • Dirigir y coordinar las actividades académicas y administrativas de la Escuela, dictando las medidas que se requieran para su eficaz funcionamiento.
  • Representar a la escuela de Posgrado ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria.
  • Convocar y presidir el Consejo de Escuela.
  • Dar cumplimiento a los acuerdos del Consejo de Escuela.
  • Informar al Consejo de Escuela sobre la programación académica que ejecutará cada uno de los programas.
  • Proponer al Consejo Universitario la contratación de docentes a solicitud de los programas.
  • Informar permanentemente al rectorado las actividades que realiza la escuela.
  • Proponer al rectorado la aprobación de los planes y presupuestos de ejecución de cada grupo de maestría.
  • Otras atribuciones que le señale la Ley universitaria, el Estatuto de la UNU, el presente Reglamento y las que acuerde la autoridad universitaria competente.